Articulo 7 constitución política de Colombia

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text][Música] la constitución política de colombia de 1991 es nuestra máxima ley ella fija la organización de un estado y establece los derechos y obligaciones básicas de los ciudadanos esta constitución se conforma por diez principios fundamentales de los cuales nos concentraremos en el artículo 7 de esta carta magna el cual establece que el estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana para comprender lo contemplado en este artículo es importante resaltar que colombia es un país reconocido por su compleja y rica diversidad cultural que se expresa en una gran pluralidad de identidades y de expresiones culturales de los pueblos y comunidades que forman la nación para la unesco la diversidad cultural es una característica fundamental de la humanidad un patrimonio que debe valorarse y conservarse para que todos los colombianos sean partícipes de ella y de esta manera lograr una sociedad rica y variada un mundo con más posibilidades que permitan nutrir las capacidades y los valores humanos para permitir un desarrollo sostenible en toda la nación la vitalidad de la cultura colombiana radica precisamente en su diversidad el patrimonio más valioso de la nación afrocolombianos raizales palenqueros ron o gitanos pueblos indígenas comunidades campesinas mestizos y comunidades originadas en migraciones externas enriquecen el mosaico cultural de nuestro país en 1991 esta diversidad étnica y cultural fue reconocida en la constitución política de colombia este reconocimiento se ha traducido en normas y políticas y en numerosas acciones institucionales pero estos esfuerzos son todavía insuficientes para crear una cultura de reconocimiento y respeto por la diferencia y de diálogo y ejercicio de la interculturalidad en la solución de los problemas que conciernen o afectan a los grupos culturalmente diferenciados todavía persisten entre la población prejuicios y prácticas de discriminación y exclusión social por razones de pertenencia étnica género credo características físicas y culturales orientación sexual entre otros factores la política pública de diversidad cultural parte de los principios constitucionales que establecen como uno de los fundamentos de la nación su diversidad cultural asimismo de la obligación del estado de reconocer proteger y fomentar la cultura en todas sus manifestaciones y de la garantía constitucional a la libertad de conciencia y de expresión <br><!-- wp:image {"id":1776,"sizeSlug":"large","linkDestination":"none"}-->rn<figure class="wp-block-image size-large"><img class="wp-image-1776" src="https://videoencontexto.com/wp-content/uploads/2021/03/5QXuiG9JKTY.jpg" alt="Articulo 7 constitución política de Colombia" /></figure>rn<!-- /wp:image -->[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

Articulo 7 constitución política de Colombia

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